La justicia ha restituido las medallas al valor concedidas por el Ministerio del Interior en septiembre de 2022 a 56 policías nacionales y que una magistrada de la Audiencia Nacional había retirado hace un año por considerar que su adjudicación no estuvo debidamente motivada. La Sala de los Contencioso-Administrativo del mismo órgano judicial, en respuesta a los recursos presentados por, al menos, ocho de los condecorados y por la propia Dirección General de la Policía, ha devuelto a los agentes estas condecoraciones, que llevan aparejada una gratificación económica vitalicia. Los cuatro magistrados de la Sección Quinta consideran ahora, al contrario que la jueza que anuló su entrega, que no hubo “vicios determinantes de nulidad radical” en su adjudicación por parte del departamento de Fernando Grande-Marlaska.
La nueva sentencia, que es recurrible, concluye que los sindicatos policiales ―cuatro de los cuales denunciaron irregularidades en la concesión de todas o parte de esas medallas― no están legitimados para impugnar este tipo de decisiones siempre que se haya respetado su papel consultivo en el procedimiento de adjudicación, como consideran los magistrados que ocurrió en este caso. Las condecoraciones que se restituyen son siete medallas de plata a comisarios que se jubilaban, y 49 cruces rojas a agentes en activo.
Entre estos últimos hay 12 inspectores, 6 subinspectores y 12 oficiales. El resto son agentes de la escala básica, según fuentes sindicales. Parte de esos policías participaron en peligrosas operaciones contra el narcotráfico en el Campo de Gibraltar, enfrentándose a grupos violentos en condiciones extremas o intervinieron en la evacuación de españoles de Ucrania cuando comenzó la invasión rusa. Estos reconocimientos llevan aparejados un incremento del 15% del salario base y trienios en el caso de las cruces de plata, y una subida del 10% para las que tienen distintivo rojo.
La resolución considera que los sindicatos policiales “están legitimados en cuanto a su participación en el procedimiento”, en el que se establece que se les debe convocar, pero que “no ostentan legitimación para impugnar el ingreso en la Orden del Mérito Policial” porque no tienen beneficio o perjuicio alguno, salvo el de la mera legalidad. Además, destaca que “la doctrina constitucional sobre la legitimación de las organizaciones sindicales excluye los supuestos de defensa de los derechos individuales de los miembros de la organización, cuando no afecten a la misma”. Por todo ello, concluye que los sindicatos tienen legitimidad para impugnarlo, en cuanto a su papel en el procedimiento, pero no, para hacerlo con la concesión concreta de las condecoraciones.
La sentencia recuerda que los sindicatos que reclamaron la anulación de las medallas discutieron en su recurso contencioso-administrativo que se hubiera hecho de forma “adecuada” el trámite de audiencia, “pero sobre todo la concesión de las condecoraciones, los criterios por los que se debían otorgar o no las medallas”. La sala discrepa de la sentencia recurrida, que apreció nulidad de pleno derecho en determinados nombramientos, por haberse obviado la participación de los sindicatos en el trámite. “No existen los vicios procedimentales que la sentencia imputa al trámite”, contempla, ni “vicios determinantes de nulidad radical”. “De concurrir, se trataría a lo sumo de defectos de forma, que no pudieron causar indefensión a los sindicatos”.
Los sindicatos policiales que reclamaron a la justicia que se retiraran estas medallas en dos procedimientos que terminaron uniéndose (por un lado, UFP, JUPOL, CEP, y por otro SUP) han recibido la resolución judicial con una mezcla de alegría y tristeza. Por un lado, se felicitan de las medallas rojas, concedidas a agentes en activo por servicios destacados en los que pusieron en riesgo su vida, y que terminaron siendo anuladas dentro de este mismo procedimiento, se vayan a devolver a sus propietarios. Por otro, se lamentan de los efectos que tendrá la argumentación del tribunal para futuros procedimientos.
Los sindicatos policiales han sido especialmente beligerantes con el uso que el Ministerio del Interior ha hecho desde hace muchos años de estas medallas. De hecho, no es la primera vez que llevan su concesión a los tribunales por considerar que se conceden de forma injustificada para complementar pensiones de altos mandos policiales. También han criticado que su concesión aún se rija por una ley de 1964, cuya derogación y sustitución también han reclamado. Fuentes de Interior admiten que esta es una asignatura pendiente, pero también que es “complejo” elaborarla una norma para que los criterios de adjudicación de las condecoraciones se ajusten a la actividad policial actual. Cada año, la Policía Nacional gasta más de 11 millones de euros en pagar las pensiones vitalicias que generan las más de 4.600 medallas pensionadas concedidas en los últimos 45 años.
Comentarios