El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha extendido una orden que impide al Gobierno de Donald Trump utilizar una ley de tiempos de guerra para enviar a un grupo de inmigrantes venezolanos a una prisión salvadoreña de alta seguridad, como intentó el mes pasado. En su resolución, los jueces reprochan al Gobierno por no haber informado adecuadamente a los afectados sobre sus planes de deportación, pero no entran en el fondo de la cuestión: si la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 es aplicable para supuestos como este. El caso se remite a un tribunal inferior.

“Para que quede claro, hoy solo decidimos que los detenidos tienen derecho a recibir más notificación que la que se les dio el 18 de abril, y concedemos medidas cautelares temporales para preservar nuestra jurisdicción mientras se resuelve la cuestión de qué notificación se debe dar”, dice la resolución de este viernes.

La decisión se refiere a un grupo concreto de decenas de inmigrantes venezolanos detenidos en Texas, pero supone un precedente para la aplicación de la ley en lo que se refiere, de momento, al tiempo de preaviso. En ese sentido, supone un golpe para la política de deportaciones de Trump, pues en la práctica cierra de modo indefinido la vía de la ley de 1798.

“El 19 de abril no abordamos —y tampoco lo hacemos ahora— el fondo de las alegaciones de las partes en relación con la legalidad de las expulsiones en virtud de la Ley de Enemigos Extranjeros. Reconocemos la importancia de los intereses de seguridad nacional del Gobierno, así como la necesidad de que dichos intereses se persigan de manera compatible con la Constitución. A la luz de lo anterior, los tribunales inferiores deben resolver con celeridad los casos relacionados con la Ley de Enemigos Extranjeros», añade el fallo de los jueces.

Al igual que en la resolución de hace un mes, emitida en la madrugada del 19 de abril, han votado en contra los jueces Clarence Thomas y Samuel Alito, de ideología extremadamente conservadora, que consideran que el Supremo no tenía jurisdicción sobre el caso, entre otras cuestiones. Los otros siete magistrados, cuatro conservadores y tres progresistas, han apoyado la decisión.

En un voto particular concurrente, el juez Brett Kavanaugh afirma que la orden judicial del Tribunal Supremo “simplemente garantiza que el poder judicial pueda decidir si estos detenidos venezolanos pueden ser expulsados legalmente en virtud de la Ley de Enemigos Extranjeros antes de que sean efectivamente expulsados”.

El Gobierno de Trump deportó a un primer grupo de inmigrantes a la prisión salvadoreña de Nayib Bukele en marzo. Las autoridades alegan que los deportados son miembros de bandas que están “en guerra” con Estados Unidos. La decisión del Supremo, sin firmar por ninguno de los magistrados, destaca la insistencia del Gobierno en que no puede repatriar a Kilmar Abrego García, deportado indebidamente, a pesar de que el propio Supremo ordenó a la Administración de Trump que facilitara su vuelta.

“Los intereses de los detenidos en juego son, por lo tanto, especialmente importantes. En estas circunstancias, una notificación con apenas 24 horas de antelación a la expulsión, sin información sobre cómo ejercer los derechos procesales para impugnar dicha expulsión, sin duda no es suficiente”, indican los jueces, que en su fallo dan a entender que el caso puede acabar volviendo al Alto Tribunal en el futuro.

Un Supremo dividido permitió a principios de abril a Trump, con cinco votos a favor y cuatro en contra, seguir utilizando la ley, pero sin pronunciarse sobre el fondo. Aquella resolución sí señalaba que los inmigrantes deben tener la oportunidad de impugnar su deportación antes de ser expulsados del país. Señalaba que había que notificar a los detenidos afectados con suficiente antelación, “en un plazo razonable y de manera adecuada”, para que pudieran impugnar su expulsión en las jurisdicciones en las que se encontraban recluidos. La decisión de madrugada del 19 de abril se produjo después de que las autoridades se saltaran esas indicaciones.

En su voto particular de principios de abril, las cuatro juezas del Supremo fueron muy críticas con sus compañeros de tribunal. En su voto particular,argumentaban que la ley bajo la que se escudan las deportaciones solo otorga al presidente el poder de detener y expulsar a ciudadanos extranjeros de una “nación o gobierno hostil” cuando “hay una guerra declarada” con dicho país o cuando una “nación extranjera” amenaza con una “invasión o incursión depredadora” contra el territorio de Estados Unidos.

Hasta Trump, los presidentes de Estados Unidos solo habían invocado la Ley de Enemigos Extranjeros en tres ocasiones, cada una en el contexto de una guerra en curso: la Guerra de 1812, la I Guerra Mundial y la II Guerra Mundial. El actual presidente alegó una supuesta “invasión de Estados Unidos por el Tren De Aragua”. “Por supuesto, no existe una guerra en curso entre Estados Unidos y Venezuela. Tren de Aragua tampoco es una ‘nación extranjera”, dijeron entonces las juezas para tratar de subrayar la ilegalidad manifiesta de las deportaciones amparadas en esa ley, anticipando su hipotética posición sobre el fondo del asunto.

Las magistradas advertían sobre la deriva autoritaria que supone la aplicación de una ley sin garantías, saltándose la literalidad de la norma y con un Gobierno que alega que, una vez expulsados y encarcelados los deportados, ya no puede devolverlos al país aunque reconozca su error.



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