Cuando las reglas cambian, el juego se reinventa. Es el caso de la arquitectura fiscal internacional: en los últimos años ha experimentado una transformación profunda, cuyo hito más reciente en la esfera de la tributación corporativa es el impuesto mínimo del 15% a las grandes multinacionales. El pacto es inédito, su alcance es global —lo han sellado más de 130 países— y su implementación, de ser efectiva, augura un frenazo en la carrera entre Estados para rebajar el tipo nominal del impuesto de sociedades, que se ha exacerbado en las últimas décadas. Pero, más que presagiar el fin de la competencia fiscal entre países, afianza una mutación hacia nuevas figuras, como los incentivos a la I+D o medidas que reducen la base imponible del impuesto, según advierte en un estudio el Observatorio Fiscal de la UE.

“Es probable que la implementación del impuesto mínimo global acelere la transición hacia políticas tributarias de reducción de la base imponible. Los anuncios públicos de los Gobiernos muestran que países dentro y fuera de Europa están reformando cada vez más su sistema de incentivos para cumplir con el impuesto mínimo global”, señala una nota del organismo. Este recoge las principales conclusiones del estudio Disminución de los Tipos Impositivos de las Multinacionales: El Papel Oculto de las Reformas de la Base Imponible, elaborado por los investigadores Jules Ducept y Sarah Godar.

El informe analiza cerca de 300 modificaciones fiscales que los Estados miembros de la UE han implementado entre 2014 y 2022, la gran mayoría de ellas dirigidas a reducir el impuesto de sociedades. En este periodo, el tipo efectivo medio pagado por las grandes multinacionales sobre su beneficio neto se redujo en 2,7 puntos porcentuales, del 20,8% al 18,1%. Esta disminución es superior a las rebajas llevadas a cabo en el tipo legal que marca la normativa, que es del 25% en España y que en promedio en la UE se ha reducido en dos puntos en los años analizados, del 23% al 21%.

La discrepancia en la evolución de las tasas sugiere que la disminución del tipo impositivo efectivo no se debe únicamente a los recortes en las tasas legales. Los autores señalan que las reformas de la base imponible, es decir la magnitud contable sobre la cual se calcula el impuesto, representan la mayor parte de las reformas acometidas: 254 medidas, el 86%. Y esto sucedió en contra de las recomendaciones que vienen lanzando desde hace tiempo las instituciones internacionales, centradas en ampliar lo máximo posible las bases tributarias y reducir los tipos en lugar de incrementar las exenciones y los incentivos.

La mayoría de las reformas están vinculadas a regímenes especiales con objetivos de política industrial: atraer inversión, impulsar las actividades de I+D o dar un trato preferencial a los beneficios derivados de la propiedad intelectual. “Estos regímenes podrían impulsar el crecimiento y la innovación en los Estados miembros. Sin embargo, es posible que simplemente intensifiquen la competencia fiscal entre ellos, lo que provocaría una reasignación de inversiones y beneficios de un Estado miembro a otro sin ningún efecto económico real”, alerta el estudio.

Este sí admite que, a la vez que se han introducido alivios en la fiscalidad corporativa, los países europeos también han adoptado medidas contra la elusión fiscal.

Excepciones

En 2021, más de 130 países se comprometieron a implementar un tipo del 15% para las grandes multinacionales, aquellas que facturan más de 750 millones de euros. Esta figura, conocida en jerga como pilar 2 y fruto de las negociaciones en el seno de la OCDE y el G-20, pretende fijar un gravamen mínimo efectivo para disuadir a las empresas de trasladar sus beneficios a refugios fiscales de baja o nula tributación.

El acuerdo contiene mecanismos de salvaguarda para que el impuesto mínimo se aplique aunque algunos países se hayan bajado del pacto —uno por encima de todos: los EE UU de Donald Trump—, pero prevé también incentivos que se consideran “compatibles” con el espíritu de la reforma, como los patent boxes (deducciones por investigación y desarrollo) o créditos fiscales. Además, permite a los Estados introducir un impuesto mínimo complementario nacional si aprueban exenciones y beneficios para las multinacionales que operan en su territorio, de forma que ese suelo del 15% se recaude internamente y no se escape a otras jurisdicciones.

“El impuesto mínimo global aún deja espacio para la competencia fiscal”, concluye el documento. “Es probable que la transición de políticas tributarias de ‘reducción de tipos y ampliación de la base imponible’ a la competencia en políticas tributarias de reducción de la base imponible, observada en el análisis, se intensifique a medida que los países redefinan su régimen de incentivos para cumplir con el Impuesto Mínimo Global”. Es decir que la carrera persistirá en otras formas.



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