El Tribunal Constitucional considera “extemporánea e improcedente” la petición del Senado para que el tribunal consulte a la justicia europea sobre la ley de amnistía antes de dictar sentencia, así como la solicitud de que se suspenda la tramitación del fallo cuando ya hay un borrador de resolución y fechas concretas anunciadas para debatirlo. Las peticiones del Senado han llegado al órgano de garantías procedentes de los servicios jurídicos de la Cámara alta, después de que tres magistrados bloque conservador del tribunal hicieran planteamientos similares en carta dirigida al presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido.
Esta iniciativa fue seguida a su vez por otra del PP reclamando, como parte interviniente en el procedimiento, que se le diera cuenta de la cuestión planteada por dichos miembros del tribunal, al tiempo que suscribía la tesis de que no debe dictarse sentencia hasta que el Tribunal de Justicia la Unión Europea (TJUE) se haya pronunciado sobre si la ley de amnistía vulnera principios esenciales del derecho europeo. El PP también consideraba que Conde-Pumpido debería excluirse de la deliberación sobre dicha norma porque su esposa era vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando su constitucionalidad se discutió en el órgano de gobierno de los jueces.
Estas tres propuestas se debatirán en su momento, cuando se inicie la deliberación sobre el recurso de inconstitucionalidad del PP —que será el primero en resolverse— contra dicha ley. El primer pleno que verá esta impugnación tendrá lugar el próximo 10 de junio, pero lo anunciado es que se limitará a un informe de la vicepresidenta del tribunal y ponente del borrador de sentencia, Inmaculada Montalbán. Por tanto, las objeciones y peticiones de los magistrados Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa —firmantes del citado escrito dirigido al presidente del Constitucional— se verán posiblemente en el segundo pleno sobre la ley de amnistía, previsto para el próximo 24 de junio.
En este segundo pleno se dedicarán íntegramente tres días a debatir sobre el proyecto de sentencia. Fuentes del Constitucional estiman que el 26 de junio podría decidirse ya sobre el recurso, aunque no descartan que el fallo se acabe votando en la siguiente convocatoria, a comienzos de julio, si el debate se prolonga y no hay tiempo de agotarlo en los dos plenos previstos para junio.
En este contexto de inminencia de la deliberación para dictar sentencia, el documento del Senado expone que el Constitucional debería dirigir una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) planteando siete dudas sobre la ley que permite el perdón a los líderes del procés. Entre ellas, sobre si dicha norma respeta principios básicos del derecho europeo que figuran asimismo en la Constitución, como el de seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad, por ejemplo. Al respecto, las citadas fuentes del órgano de garantías califican esta petición como “extemporánea e improcedente” basándose en que la cámara alta tuvo hace meses un término temporal para efectuar sus alegaciones, qué agotó, y una vez concluido “no puede formular otras alegaciones diferentes, fuera de plazo, cuando ya el procedimiento se encuentra concluso para sentencia”.
Las fuentes consultadas añaden que la iniciativa resulta asimismo improcedente porque el Senado no es parte demandante en este asunto, y “no tiene legitimación constitucional para ello, porque forma parte de las Cortes que aprobaron la ley impugnada”. Las mismas fuentes explican que a la cámara alta solo se le da traslado para efectuar alegaciones sobre las cuestiones suscitadas en la demanda. El Senado —se añade— no puede formular peticiones autónomas, sino únicamente apoyar o impugnar las pretensiones de la parte demandante, que “conforme a una doctrina consolidada del tribunal, quedan determinadas definitivamente en el escrito de demanda”, cuando el hecho es que “en su demanda, el PP no formuló ninguna pretensión sobre este tema”.
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