El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha rechazado la petición de tres magistrados del sector conservador del órgano de garantías para que se suspenda la tramitación de las sentencias sobre la ley de amnistía. Igualmente, ha denegado la solicitud de que el tribunal dedique “un señalamiento específico” a debatir sobre la posibilidad de plantear una consulta o cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la compatibilidad de dicha ley con el derecho europeo. El Constitucional prevé iniciar en junio el debate sobre la norma.
El criterio que expone el presidente del Constitucional en su respuesta a las peticiones de los magistrados Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa es que la posible interposición de una cuestión prejudicial a la justicia europea tendrá ocasión de debatirse cuando se inicie la deliberación sobre los recursos presentados contra la ley de amnistía. Como adelantó EL PAÍS el pasado día 12 —fecha en que los citados magistrados se dirigieron con sus solicitudes por escrito a Conde-Pumpido—, el criterio mayoritario en el órgano de garantías es que no deben aceptarse iniciativas que puedan tener efectos dilatorios sobre la tramitación de las impugnaciones que cuestionan el encaje de la mencionada norma con la Constitución.
Fuentes del tribunal señalan que ninguno de los recurrentes al Constitucional ha solicitado el aplazamiento condicionado a la resolución de las instancias judiciales europeas que han pedido los tres magistrados del sector conservador. Las mismas fuentes consultadas a este respecto subrayan, además, la improcedencia de suspender ahora la tramitación de dichos recursos, cuando ya está prácticamente ultimada la primera sentencia que va a dictar el Constitucional sobre esta cuestión. Se trata del fallo por el que se dará respuesta a la impugnación que presentó el PP. En el órgano de garantías se estimó en su día que este recurso es el que plantea el mayor y más detallado cuestionamiento de la norma acordada en el Parlamento para permitir el perdón a los líderes del procés y favorecer la normalización política en Cataluña.
La resolución del presidente del Constitucional explica que ha tomado el mencionado acuerdo tras consultar con la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, quien asumió la labor de confección de la sentencia sobre el recurso del PP, una vez aceptada la recusación del magistrado del bloque conservador José Mario Macías, a quien había correspondido en primera instancia. En su función de ponente del fallo Inmaculada Montalbán está al frente de un grupo de letrados del órgano de garantías que ha ido elaborando el proyecto de sentencia con el objetivo de que el texto esté listo para iniciar las deliberaciones del pleno el próximo mes de junio.
El acuerdo de Conde-Pumpido explica que una vez consultada la vicepresidenta del tribunal se ha llegado a la conclusión de que “no se estima procedente el señalamiento prematuro del referido debate” sobre la eventual consulta al TJUE o la suspensión de la tramitación de las sentencias. El Constitucional ha dado cuenta de que se ha considerado improcedente ver estas iniciativas “por separado de la deliberación principal sobre el fondo del recurso de inconstitucionalidad planteado por el Grupo Parlamentario del Partido Popular”. El tribunal subraya que “este señalamiento (del pleno para debatir sobre dicha impugnación y el proyecto de sentencia) se realizará próximamente”.
La resolución del presidente del Constitucional explica que si no se acogen las peticiones de los citados magistrados para suspender —si no se acude antes al TJUE— “la deliberación y fallo del referido recurso mientras no se resuelvan las cuestiones prejudiciales planteadas” a la justicia europea “por diversos órganos de la justicia ordinaria” es para mejor cumplir la misión que tiene asignada. En este sentido, el acuerdo del presidente del órgano de garantías subraya que “la función de control abstracto de constitucionalidad que debe realizar el tribunal es independiente de las decisiones adoptadas por otros órganos jurisdiccionales en el ámbito de su competencia específica”. Finalmente la resolución destaca que las decisiones expuestas se han tomado “sin perjuicio de que en el curso de la deliberación del proyecto de resolución del recurso se formulen las manifestaciones y proposiciones que los magistrados estimen procedentes”.
Comentarios