En solo cuatro días, el próximo 20 de mayo, entrará en vigor el nuevo reglamento de extranjería que el Gobierno aprobó en noviembre del año pasado y que cambia algunas reglas de juego para la inmigración. La nueva norma facilita muchos trámites para la regularización de inmigrantes, aunque también complica la situación de algunos colectivos, entre ellos los solicitantes de asilo. Pero hasta el momento se ha pasado de perfil por otro asunto clave incluido en la norma: la situación de los menores y jóvenes que emigraron solos a España. Miles de ellos verán de repente cómo se endurecen los requisitos para conseguir sus autorizaciones de residencia y trabajo. Así lo advierte el Defensor del Pueblo en su último informe, un monográfico sobre menores extranjeros no acompañados presentado este viernes en el Congreso. El caso de este colectivo es paradigmático porque uno de los últimos cambios de este reglamento fue precisamente para facilitar los trámites a este colectivo, con unos resultados que la propia ministra de Migraciones, Elma Saiz, ha celebrado.
El reglamento está ahora mismo sobre la mesa del Tribunal Supremo, recurrido por casi una decena de las organizaciones más importantes de defensa de los derechos de los migrantes. Los solicitantes de asilo a los que denieguen su solicitud y los jóvenes migrantes son la mayor preocupación. Más allá del recorrido judicial, Migraciones ha reconocido que busca fórmulas para amortiguar los perjuicios que puede traer la norma para los que aspiraban a regularizarse mediante el asilo, pero no para los jóvenes tutelados y extutelados. En contra del criterio de abogados especializados, y ahora del Defensor del Pueblo, el ministerio defiende su reforma para este colectivo.
En España hay ahora mismo 17.452 jóvenes migrantes de entre 16 y 23 años (tutelados y extutelados) que cuentan con una autorización de residencia y trabajo, según las cifras que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publicó el pasado 1 de abril. Es un número inédito y muestra un crecimiento del 121% respecto a junio de 2021, antes de que el entonces ministro José Luis Escrivá aprobara la reforma que flexibilizó los requisitos para sacarlos de la irregularidad que marcaba su estancia en España. El impacto de la medida se refleja en la afiliación a la Seguridad Social, porque el 59% de estos jóvenes están trabajando, frente al 27% anterior a la reforma. La tasa de afiliación de los jóvenes españoles entre 16 y 25 años es del 27%.
Antes de la reforma de Escrivá, los menores migrantes que llegaban solos se enfrentaban con dos dificultades recurrentes: por un lado, el permiso para poder trabajar era una concesión extraordinaria y, por otro, caían en la irregularidad como fichas de dominó cuando cumplían los 18 años. El cambio permitió que todos los menores de 16 y 17 años pudieran obtener permisos de residencia y trabajo casi de forma automática. Y para quienes cumplían los 18 —y hasta los 23 años —, se flexibilizaron los requisitos para regularizarse.
Pero el primer cambio que trae el nuevo reglamento de extranjería es que el silencio administrativo (cuando no se responde en plazo previsto por ley) se considerará ahora negativo, por lo que todas las solicitudes que las oficinas de extranjería no resuelvan en el estrecho plazo de un mes serán desestimadas. En el caso de los menores, esta modificación es en sí misma contradictoria porque asume que todos los expedientes atascados en las oficinas de extranjería serán denegados si no se resuelven en plazo, aunque la propia administración está obligada a documentarlos por ley. Un ejemplo del impacto de este cambio puede preverse en Canarias, donde el año pasado se cerró con 3.000 expedientes sin resolver. Esta es una de las cuestiones que menciona el Defensor en su informe y que más preocupa a varias de las ONG que impugnaron el reglamento, como la Coordinadora de Barrios, la Asociación Pro Derechos Humanos de España (Apdhe) y Extranjeristas en Red.
El Ministerio de Migraciones defiende una interpretación distinta. En respuesta a EL PAÍS, sostiene que el silencio negativo ya estaba estipulado tanto en la ley de extranjería como en el reglamento actual, solo que no explícitamente para las solicitudes de los menores. De hecho, añade el ministerio, la exigencia de explicitarlo obedece a que así lo dispuso el dictamen del Consejo de Estado cuando revisó el texto.
Otro de los asuntos que causa preocupación, según han explicado a EL PAÍS fuentes jurídicas especializadas en la legislación sobre menores, es que el reglamento vuelve a incluir requisitos inasumibles para los menores que llegan a la mayoría de edad y quieren renovar sus autorizaciones de residencia y trabajo. La norma establece ahora que, para conseguirlo, el joven migrante podrá presentar un contrato de trabajo que garantice al menos el salario mínimo en proporción a la jornada trabajada, que semanalmente no podrá ser inferior a 20 horas. “Esta nueva mención pueda ser interpretada en el sentido de que los ingresos provenientes de un empleo hayan de reunir los mismos requisitos que los que se exigen a las personas adultas”, advierte el defensor. También el propio Ministerio de Migraciones, en un documento de abril de este año, planteaba que en la mayoría de los casos era muy difícil que estos jóvenes migrantes cumplieran ese requisito debido a las dificultades para conseguir un empleo sin tener formación ni experiencia.
Otra modificación que cuestionan organizaciones como Fundación Raíces, que lleva 25 años trabajando con menores migrantes, es la que afecta a los menores que llegan a los 18 años sin papeles y pasan años en los márgenes sin poder regularizarse. El cambio anterior les daba un margen para hacerlo hasta los 23 años, pero la nueva norma lo limitará hasta los 20, pero de forma excepcional y con un informe de la comunidad o el ayuntamiento que certifique por qué no lo había solicitado antes. “Este informe va a ser muy difícil de conseguir para jóvenes extutelados que se queden en la calle”, sostiene Raíces. Además, no se reconoce que si esos jóvenes cumplen los 18 y salen de los centros de acogida sin documentar, se debe muchas veces a que la propia comunidad que los ha atendido no les ha tramitado sus autorizaciones o que las oficinas de extranjería no lo han hecho de oficio como les corresponde.
Migraciones también defiende esta modificación y asegura que fijar hasta los 20 años el plazo para que los jóvenes puedan pedir sus papeles “ha sido para ayudarlos, no al revés”. El Ministerio argumenta que esta fue una petición de Navarra y País Vasco, que se estaban encontrando con jóvenes sin documentar. “El límite de los 20 años es para conseguir que todas estas personas puedan estar documentadas cuanto antes de cara a favorecer su inclusión e integración en nuestro país”, alega. “No se explica por qué es mejor que se queden sin papeles con 20 y no con 23″, cuestionan fuentes jurídicas.
Por último, el Defensor del Pueblo señala otra cuestión: que los obstáculos que tendrán los solicitantes de asilo adultos también afectarán a los menores. La entrada en vigor de los nuevos requisitos de acceso al arraigo para los solicitantes de protección internacional podría abocar a la irregularidad sobrevenida a miles de menores», concluye.
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