El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha anulado la adjudicación de 138 licencias de radio por parte de la Junta de Castilla y León cuando el PP, ahora en solitario, gobernaba con Vox. Las concesiones fueron denunciadas por la Cadena SER, que solicitó varias de ellas pero no obtuvo ninguna pese a ser la emisora más escuchada de España. La resolución judicial ha declarado este jueves “nula de pleno derecho” la decisión de la Junta, lo cual implica que el Gobierno autonómico deba comenzar de nuevo el proceso previo a la contratación.
La Consejería de Fomento había esgrimido “criterios objetivos estipulados por el concurso” para otorgar 27 nuevas licencias a Radio María, 11 a la Cadena COPE, 11 a Radio Marca y 11 a Onda Cero. Radio María, cadena vinculada a la Iglesia católica, fue la mayor beneficiaria, y otras asociaciones religiosas figuraban también entre los ganadores de la distribución efectuada por la Junta, presidida por Alfonso Fernández Mañueco, del PP.
La denuncia llegó a los tribunales tras la demanda interpuesta por la Cadena SER, que entendió irregular el procedimiento y reclamó su nulidad. El TSJCyL le dio la razón y ha ordenado a la Junta que dicte un nuevo concurso sobre las licencias ofrecidas y pague 2.000 euros, que vendrán de dinero público, por las costas. La emisora denunciante constató que pese a solicitar 23 licencias para emitir en distintos territorios de la comunidad no logró ninguna mientras que otros competidores podían haber incumplido algunas exigencias de los pliegos u ofrecerlas con peor calidad que ellos y, sin embargo, habían conseguido el permiso, con lo cual detectaron arbitrariedad en las concesiones.
La demanda se dirigió a la Junta y a las empresas Uniprex, Mediaplanet Global, Unedisa Comunicaciones, Fundación Amigos de Radio María, la Cadena COPE, el Grupo Promecal, Diario de Ávila, Mediatel Multimedia, Noticias Independientes de Soria y Asociación Emplazamientos y Comunicación Nueva Esperanza. Estas pueden interponer un recurso de casación ante el TSJCyL en el plazo de un mes.
El concurso apareció en el Boletín Oficial de Castilla y León el 6 de noviembre de 2020 y contó con 326 ofertas que fueron evaluadas hasta que la Junta difundió las emisoras cuya petición había sido aceptada inicialmente. La comunidad, en la que residen unos 2,4 millones de personas, cuenta con más de 300 emisoras públicas y privadas y con la ampliación del parque radiofónico existiría aproximadamente una radio por cada 5.000 habitantes.
La resolución enfatiza en la Fundación de Amigos de Radio María y la Asociación de Emplazamientos y Comunicación Nueva Esperanza, matriz que recibió un tercio de los permisos brindados por la consejería. Ambas corporaciones son potenciales adjudicatarias, reconoce la sentencia, pero deben cumplir con los requerimientos, algo que no sucede al considerar que dado que no emiten publicidad y solo lanzan contenidos religiosos se deduce que su financiación procede únicamente de recursos propios o donaciones. El TSJ destaca, conforme a fallos judiciales previos, que cabe dudar de la visibilidad financiera de Radio María porque el 99% de sus fondos provienen de donativos sobre la Fundación antes citada.
El Alto Tribunal aprecia una “interpretación errónea o aplicación indebida” de las normas de la adjudicación y que se atribuyeron “puntuaciones de menos a las ofertas de la recurrente [Cadena SER] y de más a las ofertas adjudicatarias del concurso”. Asimismo, la Justicia reprocha que el secretario de la Mesa de contratación no compartió con los demás integrantes de ese ente la documentación clave que avalaba las decisiones: “No consta que los miembros de la Mesa tuvieran un borrador sobre las tablas de baremación, ni que se hubieran planteado la necesidad de fijar esas tablas ni que se debatiera su contenido. Más bien parece que, en este caso, también, se asumió acríticamente las tablas que presentó el Secretario”. Se critica, además, que las reuniones fueron breves y abordaron cuestiones con escasa profundidad pese a su alta complejidad: “Reconocen al tiempo que la valoración fue individualizada para cada oferta y estaba condicionada por la localidad en la que se presentaba, es materialmente imposible leer las ofertas y los informes y puntuar los innumerables apartados sujetos a valoración”.
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